Ley de Voluntad Anticipada en Uruguay

Una intención loable con algunas inconsistencias

Autores/as

  • Frances Borches Duhalde Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses

DOI:

https://doi.org/10.29193/RMU.37.3.10

Palabras clave:

ÉTICA, DIRECTIVAS ANTICIPADAS, VOLUNTAD EN VIDA

Resumen

La Ley Nº 18.473 y el Decreto que la reglamenta (385/013) fueron concebidos con la finalidad de dar un marco normativo a la posibilidad que tiene una persona de establecer sus preferencias sobre ciertos actos médicos cuando todavía es capaz de consentir, ejerciendo su autonomía de manera anticipada ante la eventual pérdida de capacidad de decisión. Por lo tanto, el hecho de llevar a cabo o no un procedimiento médico no dependerá de la capacidad de consentir de la persona en ese momento, esto es lo que la diferencia del consentimiento informado habitual.

Citas

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Publicado

2021-08-24

Cómo citar

1.
Borches Duhalde F. Ley de Voluntad Anticipada en Uruguay: Una intención loable con algunas inconsistencias. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 24 de agosto de 2021 [citado 7 de septiembre de 2024];37(3):e37311. Disponible en: https://revista.rmu.org.uy/index.php/rmu/article/view/744

Número

Sección

Artículos de opinión