Seudoconsentimiento informado en Uruguay

Autores/as

  • Hugo Rodríguez Almada Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal, Medicina Legal, Profesor Adjunto. Médico legista

Palabras clave:

CONSENTIMIENTO CONSCIENTE, RESPONSABILIDAD LEGAL, URUGUAY

Resumen

El derecho a consentir o rechazar un acto médico está consagrado en normas éticas y jurídicas. También la jurisprudencia nacional establece la ilicitud de la actuación médica sin consentimiento.
El consentimiento supone que la existencia de una relación médico-paciente no es sustituible por un acto administrativo. En algunos casos se recomienda el uso de formularios como conclusión de un proceso de información verbal, lo que permite documentar la voluntad del paciente. La firma del paciente en ausencia de información no tiene validez ética ni jurídica.
Se presentan tres casos en los que previamente al acto médico se requirió del paciente la firma de un formulario genérico de consentimiento informado. La firma de los pacientes no fue precedida de la información necesaria, constituyendo así un seudoconsentimiento carente de validez ética y jurídica. Esta modalidad, que pretende la protección legal del médico, resulta ineficaz e incluso puede constituir una práctica de riesgo en tanto deteriore la relación médico-paciente.
Se concluye que una mejor práctica en torno al consentimiento informado en Uruguay implicaría: 1. Ser entendida como parte del acto médico y no como un acto administrativo. 2. Que la información siempre fuera verbal, aunque en actos médicos de riesgo pueda documentarse la voluntad del paciente en la historia clínica. 3. Que en caso de emplearse un formulario-tipo, este fuera completado por el médico de acuerdo con las características particulares del paciente y de la enfermedad.

Citas

1) Gamarra J. El consentimiento informado. In: Responsabilidad civil médica (1). Montevideo: FCU, 1999: 153-332.
2) Galán Cortés JC. La responsabilidad médica y el consentimiento informado. Rev Med Uruguay 1999; 15: 5-12.
3) Rodríguez Almada H. Los aspectos críticos de la responsabilidad médica y su prevención. Rev Med Uruguay 2001; 17: 17-23.
4) Galán Cortés JC. Responsabilidad médica y consentimiento informado. Madrid: Civitas, 2001: 744.
5) Artucio Irigoyen HM. Análisis de los antecedentes y algunos aspectos de la Ley Nº 14.005. In: Ministerio de Educación y Cultura (Uruguay): Banco Nacional de Órganos y Tejidos. Montevideo: MEC, 1978: 65-106.
6) Berro G, de Pena M, Mesa G. Consentimiento médico. In: Mesa G. Medicina legal. 2a ed. Montevideo: Oficina del Libro, 1995: 231-45.
7) Montano Gómez P. La responsabilidad penal de los médicos. Montevideo: Amalio M. Fernández, 1986: 133.
8) Castaño P. El consentimiento informado en la responsabilidad médica. Bogotá: Temis, 1997: 461 p.
9) Galán Cortés JC. Aspectos legales de la relación clínica. Madrid: Jarpyo, 2000: 166.
10) Szafir D, Venturini B. Responsabilidad médica en el MERCOSUR. Montevideo: FCU, 1997: 510.
11) Bespali Y. Consentimiento y malpraxis. In: Sindicato Médico del Uruguay: I Jornadas de Prevención de la Malpraxis Médica (1992). Montevideo: SMU, 1993: 41-7.
12) Sindicato Médico del Uruguay. Pautas de consentimiento para el Uruguay actual. In: Jornadas de Prevención de la Malpraxis Médica, 1, (1992). Montevideo: SMU, 1993: 221-212.
13) Torres Acosta R. Aspectos éticos en pediatría. Una aproximación. In: Acosta Sariego JR: Bioética desde una perspectiva cubana. La Habana: Centro Félix Varela, 1997: 150-7.
14) Sosa Aguerre T. Relación vinculante entre médico y paciente: el consentimiento. In: Sindicato Médico del Uruguay: Jornadas de Responsabilidad Médica, 2, (1996). Montevideo: SMU, 1998: 147-52.
15) Aguiar Guevara R. Consentimiento legítimamente manifestado. In: Rodríguez Almada H, coord. Derecho Médico. Buenos Aires, 2001: 41-9.
16) Castaño P. Algunas dificultades en el abordaje y aplicación de la teoría del consentimiento informado del paciente. In: Rodríguez Almada H, coord. Derecho Médico. Buenos Aires: B de F, 2001: 50-96.
17) Vaccarino JM. Consent, informed consent and the consent form. N Engl J M 1978; 298: 455.
18) Veloso de França G. O consentimiento de paciente. In: Direito Médico. 7a ed. São Paulo: Byk, 2001: 35-8.
19) Vázquez Ferreyra R. El consentimiento informado en la práctica médica. [artículo en línea] Jurisprudencia Argentina semanario 2001 22 ago: 2. http://www.sideme.org/doctrina/articulos/ci-ravf.pdf. [Consulta: 27 dic 2001].
20) Musé I. El consentimiento como distorsión de la relación médico-paciente. In: Sindicato Médico del Uruguay: Jornadas de Responsabilidad Médica, 2, (1996). Montevideo: SMU, 1998: 141-5.
21) Vázquez Ferreyra R, Tallone F. Derecho médico y mala praxis. Rosario: Juris, 2000: 504.
22) Kraut AJ. Responsabilidad civil de los psiquiatras: en el contexto de la práctica médica. Buenos Aires: La Rocca, 1988: 620.
23) Galán Cortés JC. La información y el consentimiento del paciente. Salud Rural 1994; 1-2: 50-52.
24) Yugano AR. La relación médico-paciente. El contrato de asistencia médica. In: Yugano AR, López Bolado J, Poggi VL, Bruno AH. Responsabilidad profesional de los médicos. Buenos Aires: Universidad, 1986: 85-131.
25) Galán Cortés JC. Ley de Consumidores y responsabilidad sanitaria. In: Rodríguez Almada H, coord. Derecho Médico. Buenos Aires: B de F, 2001: 13-26.
26) Zafir D. Ley de Relaciones de Consumo y servicios médicos. In: Rodríguez Almada H, coord. Derecho Médico. Buenos Aires: B de F, 2001: 27-39.

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Publicado

2002-05-31

Cómo citar

1.
Rodríguez Almada H. Seudoconsentimiento informado en Uruguay. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 31 de mayo de 2002 [citado 23 de noviembre de 2024];18(1):89-93. Disponible en: https://revista.rmu.org.uy/index.php/rmu/article/view/1006