CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, el veinte de junio de dos mil once, estando presentes POR UNA PARTE El Doctor Hugo Rodríguez, en su calidad de Director Alterno y actuando en nombre y representación de la REVISTA MÉDICA DEL URUGUAY (en adelante RMU).- Y POR OTRA PARTE La Doctora Lina Foren, en su calidad de Presidenta y actuando en nombre y representación de la SOCIEDAD DE HEMATOLOGIA DEL URUGUAY (en adelante SHU), expresan que:
PRIMERO.- Antecedentes.- 1) RMU es una reconocida publicación científica arbitrada del Sindicato Médico del Uruguay, institución gremial del cuerpo médico nacional, con personería jurídica y sede en esta ciudad en Bulevar Artigas 1515.- 2) La calidad de esta publicación se cimenta sobre estándares universalmente aceptados, como revisión por pares, artículos originales, periodicidad, permanencia y sujeción a normas éticas.- 3) RMU se ha propuesto realizar un esfuerzo unificador de publicaciones científicas sin hacer concesiones en materia de calidad.- 4) Dicho proyecto tiende a una asociación voluntaria con otras publicaciones biomédicas y con sociedades científicas.- 5) La SHU expresó acuerdo con este esfuerzo unificador de publicaciones de carácter científico propuesto por la RMU, para lograr más calidad y visibilidad de la producción científica biomédica nacional.- 6) En consecuencia, la Revista Médica del Uruguay y la SHU decidieron otorgar el presente Convenio con el fin de acrecentar el acervo científico mutuo, de acuerdo a lo establecido en las cláusulas que se establecen a continuación.----------------------------------------------
SEGUNDO.- 1) RMU dará ingreso a los artículos que le sean remitidos por la SHU en su calidad de asociada. 2) Los artículos remitidos serán sometidos a la revisión por pares anónima, según las reglas de publicación.- 3) Los artículos que resulten aceptados se publicarán en la RMU (tanto en la versión en papel como en la electrónica), luciendo en su página de portada el logotipo de la SHU.- 4) La publicación en la RMU no obsta que también se haga posteriormente en la publicación científica de la Sociedad asociada, dejando constancia de la autorización de la RMU y el respectivo crédito.- 5) La SHU podrá incorporar un miembro al Consejo Editorial de la RMU, con potestades plenas y participación en la designación de los árbitros y la decisión editorial final sobre la aceptación o el rechazo del artículo remitido.- Y EN SEÑAL DE CONFORMIDAD SE OTORGA Y FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR EN EL LUGAR Y FECHA INDICADOS.-